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El médico que responde tus 17 dudas sobre el COVID-19
Queridos deportistas, os dejamos el enlace a un interesante artículo del compañero Cesar Canales.
Paralización Proceso electoral hasta finalizacion de la crisis sanitaria
Declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
Apreciados Presidentes y amigos:
En primer lugar, esperamos que todos vosotros y los que os rodean estéis bien.
Nos ponemos en contacto con vosotros porque, como sabéis, desde su publicación en el BOE ha entrado en vigor el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Este RD, es de aplicación en todo el territorio nacional, y su ámbito de aplicación temporal es de 15 días naturales, susceptible de ampliación.
Entre las medidas más importantes y que afectan directamente al sector deportivo, se encuentra la limitación de la libertad de circulación de las personas, la suspensión de la apertura al público de las instalaciones deportivas y la actividad del deporte de manera general.
Además es importante señalar que el incumplimiento de estas medidas conlleva la aplicación del régimen sancionador recogido en el artículo 20.
Es importante hacer la máxima difusión de esta información a fin de que llegue a todos los ámbitos del deporte, entidades, deportistas, etc. y conseguir, entre todos, superar estos difíciles momentos.
A fin de facilitaros esta tarea, os adjuntamos los dos documentos que nos han hecho llegar desde el CSD respecto a esta cuestión, el RD 463/2020, y el régimen sancionador aplicable.
Ánimo a todos y muchas gracias por vuestra colaboración.
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